Informaciones de Interés
El acceso a la información es el derecho fundamental que tenemos los ciudadanos de solicitar al gobierno información pública y de obtener respuesta satisfactoria en un tiempo razonable, en la medida en que dicha información no es reservada por alguna excepción establecida en la ley.
Es la herramienta principal para la participación ciudadana en un sistema democrático, indispensable para que los ciudadanos estén informados, para la rendición de cuentas del gobierno y el funcionamiento adecuado del proceso político
La Ley N° 5282/2014 «De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental», reglamenta el Art. 28 de nuestra Carta Magna que garantiza a todas las personas de la República del Paraguay, el efectivo ejercicio del derecho al acceso a la información pública, a través de la implementación de las modalidades, plazos, excepciones y sanciones correspondientes, que promuevan la transparencia del Estado
Sí, la Ley de Acceso a la Información Pública establece el plazo de (15) quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación del ciudadano, para responderla
Toda persona interesada puede solicitar información por los siguientes canales:
Presentar una solicitud escrita ante las oficinas de AIP de las fuentes públicas
Por correo electrónico
En forma verbal. Para este último, la DNA aprobó el Formulario de Solicitud de Acceso a la Información Pública, el cual se puede descargar haciendo click aquí
Registrando tu solicitud en el formulario del Portal Unificado de Información Pública, al cual se puede acceder haciendo click aquí
Los requisitos son:
Identificación del Solicitante (nombre y apellido)
Domicilio real
Descripción clara y precisa de la información pública requerida
En formato o soporte preferido, es decir, por correo electrónico, información impresa, pdf, excel, etc. El ciudadano al momento de solicitar la información indica el formato deseado para recibir la información
Sí, puede ser reservada; a efectos de la Ley, la información pública reservada es aquella que ha sido calificada o determinada como tal en forma expresa por la ley
Sí, la denegatoria puede ser parcial o total. Sólo se podrá negar la información pública requerida mediante resolución fundada, la que deberá ser dictada por la máxima autoridad de la fuente pública requerida, que expresará los motivos de hecho y de derecho en que se basa la decisión
¿Cómo se solicita la información pública en las Instituciones Públicas?
¿Cómo se solicita la información pública en la DNA?
El Departamento de Integridad Dependiente de la Coordinación de Desarrollo Insititucional de la Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional, es la dependencia encargada de promover y gestionar las Solicitudes de Acceso a la Información Pública; se realiza un trabajo conjunto con el Centro de Atención y Reclamos (CAR), las secretarías de las Administraciones de Aduanas del País.
Para toda consulta en materia de Acceso a la Información Pública, el ciudadano puede acercarse al Edificio Patria 4° Piso- Pdte. Franco N°706 y O’leary -Asunción, contactar con los responsables del Departamento de Integridad: Lic. Rocio Genez, Jefa/ Lic. Margarita Martinez, o llamar a los números internos 413 45/13/413 4514 de 07:00 a 15:00 hs